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Del PaísVIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES

Aprueban Ley Montse en Oaxaca; castigarán a quien encubra feminicidas

Oaxaca de Juárez.- El Congreso de Oaxaca aprobó la Ley Montse, para sancionar con prisión y de manera económica a quienes encubran a feminicidas y homicidas de mujeres.

La reforma al artículo 390 del Código Penal de Oaxaca fue aprobada con 32 votos a favor de la 65 legislatura local. Con esta se establece sanción de 15 días a dos años de prisión y multa de 20 a 500 veces la unidad de medida y actualización vigente a quien, requerido por las autoridades, no dé auxilio para la investigación de los delitos o para la persecución de los delincuentes.

La Ley Montse surgió en el país en memoria de Montserrat Bendimes Roldán de 20 años de edad, quien fue víctima de feminicidio en Veracruz el 17 de abril de 2021. Su novio Marlon N. señalado por este delito fue encubierto por sus padres lo que dio como resultado que el responsable estuviera prófugo durante un año. Los padres de Marlon fueron detenidos en noviembre de 2021 por complicidad.

Durante la sesión ordinaria de Congreso, las y los diputados avalaron la eliminación de las “excusas absolutorias a favor de las redes de apoyo de los feminicidas y homicidas de mujeres, para evitar con esto que se continúe con la perpetuación de la impunidad”.

También serán responsables de encubrimiento quienes impidan o dificulten la investigación de los delitos y el castigo de los culpables; a quien preste auxilio o cooperación de cualquier especie al autor del delito, con conocimiento de esta circunstancia, por acuerdo posterior a la ejecución del citado delito.

“Las excusas absolutorias contenidas en las fracciones I, III y IV no serán aplicables cuando se trate de delitos de feminicidio u homicidio doloso de mujeres, la excusa absolutoria prevista en la fracción II no será aplicable en los mismos casos a los parientes por consanguinidad en línea recta ascendente o descendente después del cuarto grado y en la colateral por consanguinidad después del segundo grado, ni a las personas que deben respeto, gratitud o amistad al sujeto activo”, quedó establecido en el artículo 390.

El artículo 390 Bis refiere que “la o el Juez teniendo en cuenta la naturaleza de la acción, las circunstancias personales del acusado y las demás que señala el artículo 74, podrán imponer en los casos de encubrimiento de delitos de feminicidio u homicidio doloso de mujeres, en lugar de las sanciones señaladas, hasta las dos terceras partes de las penas que correspondería al autor del delito; debiendo hacer constar en la sentencia las razones en que se funda para aplicar la sanción que autoriza este párrafo”.

En Oaxaca uno de los casos de encubrimiento fue el relativo al feminicidio de Viridiana Monserrat García Robles, privada de la vida el 19 de octubre de 2012. El feminicida Édgar Fabian se mantuvo oculto con la ayuda de sus padres. Fue la investigación de la madre de Viridiana y su colaboración con la Fiscalía del Estado de Oaxaca, que lograron dar con el paradero del feminicida, hoy sentenciado por feminicidio agravado.

Las iniciativas propuestas que permitieron esta reforma al Código Penal de Oaxaca fueron dictaminadas por las Comisiones Permanentes Unidas de Administración y Procuración de Justicia; y de Mujeres e Igualdad de Género.

De acuerdo con cifras del Grupo de Estudios Sobre la Mujer Rosario Castellanos, del 1 de diciembre de 2022 al 8 de marzo de 2024, lo que va de esta administración, se han registrado 128 casos de mujeres asesinadas.

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