La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) puso fin a la penalización de la interrupción del embarazo en su etapa inicial, por lo que no se podrá castigar a las mujeres que decidan abortar en cualquier región del país.
El ministro presidente Arturo Zaldívar Lelo de Larrea dijo que es un día histórico para todas las mujeres mexicanas, sobre todo para las más vulnerables.
Dejó claro que con este criterio unánime no sólo se invalidan las normas que fueron objeto de discusión, sino que se establece un criterio obligatorio para todos los jueces del país.
“A partir de ahora no se podrá, sin violar el criterio de la Corte y de la Constitución, procesar a mujer alguna que aborte en los supuestos que ha considerado válido este tribunal constitucional.
A partir de ahora, se inicia una nueva ruta de libertad, de claridad, de dignidad y de respeto a todas las personas gestantes, pero sobre todo a las mujeres. El día de hoy es un paso más en la lucha histórica por su igualdad, por su dignidad y por el pleno ejercicio de sus derechos”, expresó.
«Nunca más una persona con capacidad de gestar deberá ser juzgada penalmente».Al respecto, el ministro ponente Luis María Aguilar Morales declaró que la Corte concluye hoy dando un paso histórico en la protección de los derechos de las mujeres y de las personas con capacidad de gestar.Hoy, por unanimidad de sus diez ministros presentes, el Pleno invalidó el artículo 196 del Código Penal del estado de Coahuila que penalizaba el aborto en su etapa inicial y lo sancionaba de uno a tres años de prisión, sin importar los motivos.
Por tratarse de una acción de inconstitucionalidad y debido a la reforma judicial, la sentencia tiene efectos generales, acabando con ello con la prohibición absoluta de la interrupción del embarazo en su etapa inicial.