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SONORA

Aplica SEC Sonora novedosa evaluación a docentes indígenas para ingresar a educación básica

• Fue diseñado con el apoyo del INALI y otras instituciones

Hermosillo, Sonora; 2 de julio de 2024.- Con el acompañamiento del Instituto Nacional de Lenguas Indígenas (INALI), la Secretaría de Educación y Cultura (SEC) del Gobierno de Sonora, aplicó un novedoso instrumento de evaluación de las habilidades lingüísticas de las personas que aspiran a la función docente en educación preescolar indígena o primaria indígena.

Froylán Gámez Gamboa, titular de la SEC, precisó que a través de la Unidad del Sistema para la Carrera de las Maestras y los Maestros del Estado de Sonora (Usicammes), se solicitó asesoría al INALI para el diseño y aplicación de dicha evaluación a los aspirantes registrados en el proceso de admisión en educación básica para el ciclo escolar 2024-2025.

Añadió que con el apoyo de la Universidad de Sonora, así como del Centro INAH Sonora, se logró la evaluación a 146 aspirantes a docentes indígenas, correspondiente a cuatro lenguas indígenas nacionales, jiak noki (yaqui), oichkama noꞋoka/oishkam noꞋok (pima), yoremnokki (mayo) y warihó/Makurawe (guarijío).

Precisó que se valoraron las competencias comunicativas, aptitudes para la docencia, expectativas y actitudes hacia la enseñanza, así como el interés en la revitalización lingüística y preservación de la cultura, acorde a los contextos sociolingüísticos en lengua indígena.

Lo anterior, puntualizó, permite la elección de los candidatos idóneos para cumplir con la garantía del derecho lingüístico de niñas, niños y adolescentes de recibir educación intercultural bilingüe en lenguas maternas, además de identificar áreas de oportunidad y así estar en posibilidad de orientar la formación continua de las maestras y maestros indígenas de Sonora.

Asimismo, se garantiza que la población indígena tenga acceso a la educación obligatoria, bilingüe e intercultural y que en el sistema educativo se asegure el respeto a la dignidad e identidad de las personas, así como a la práctica y uso de su lengua indígena como lo establece la Ley General de Derechos Lingüísticos de los Pueblos Indígenas.

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